Reglamento General Enfermería
Detalles y contenido completo de la publicación oficial.
Publicado
14/04/2026
Provincia de Santa Fe - Poder Ejecutivo
2026 - Año del 240° Aniversario del Natalicio del Brigadier Gral. Don Estanislao López
Índice de Contenidos
Número:
RES-2026-00000723-APPSF-PE#MS
SANTA FE
Jueves 9 de Abril del 2026
Referencia: EE-2026-00019259-APPSF-PE
VISTO/CONSIDERANDO
El expediente EE-2026-00019259-APPSF-PE de la Plataforma de Gestión Digital -PGD- “TIMBÓ”, mediante el cual la Dirección de Residencias de la Salud solicita se autorice el llamado a concurso para cubrir plazas de Residentes para el año lectivo 2026/2027, correspondientes al Sistema Provincial de Residencias de la Salud para Enfermería Profesional;
CONSIDERANDO:
Que el ejercicio de la docencia en el ámbito del Ministerio de Salud, a través de la ejecución de políticas de capacitación de recursos humanos, constituye una de las actividades tendientes a establecer garantías para la calidad de atención;
Que resulta necesario dar continuidad a los distintos programas formativos en el sistema de residencias para enfermeros/as;
Que para ello debe convocarse a Concurso de Antecedentes y Oposición, con ajuste a la reglamentación establecida a tal efecto y atento a lo normado por el decreto N 506/13;
Que, a los fines de concretar los objetivos fijados, resulta imprescindible la conformación de un Comité Técnico, integrado por la Secretaría de Gestión y Fortalecimiento Institucional, la Dirección Provincial de Articulación y Gestión del Conocimiento, la Dirección de Residencias de la Salud y la Jefatura Provincial de Enfermería del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, y el Área de Formación y Capacitación Profesional de la Secretaría de Salud Pública de la Municipalidad de Rosario;
Que se ha expedido la Dirección General de Asuntos Jurídicos, sin formular objeciones (Dictamen N° 161/2026);
POR ELLO:
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. - Autorizase a la Dirección de Residencias de la Salud, a realizar las acciones necesarias para el llamado a Concurso de Antecedentes y Oposición destinado a la cobertura de plazas de Residentes para el año lectivo 2026/2027, correspondientes al Sistema Provincial de Residencias de la Salud para Enfermería Profesional creado por Decreto Nº 506/13, con ajuste al Reglamento que como Anexo “A” integra la presente resolución.-
ARTÍCULO 2°. - Apruébese el cronograma de etapas inherentes al Concurso cuyo llamado fuera autorizado por el artículo anterior, el cual se detalla en el “Anexo B” que forma parte de la presente resolución.-
ARTÍCULO 3º.- Créase el Comité Técnico para la ejecución del Concurso referido en el artículo 1° de la presente, el que estará integrado por la Secretaría de Gestión y Fortalecimiento Institucional, la Dirección Provincial de Articulación y Gestión del Conocimiento, la Dirección de Residencias de la Salud y la Jefatura Provincial de Enfermería del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, y el Área de Formación y Capacitación Profesional de la Secretaría de Salud Pública de la Municipalidad de Rosario.-
ARTÍCULO 4º.- Déjese establecido que los representantes de las instituciones que integran el Comité Técnico creado precedentemente, actuarán “ad-honorem” y serán designados siguiendo las pautas y reglamentaciones que establezca el organismo de origen.-
ARTÍCULO 5°. - El Comité Técnico del Concurso tendrá como principales funciones:
- Resolver y dictaminar sobre todas aquellas diferencias que surjan de interpretaciones del Reglamento y de la conversión de los promedios;
- Redefinir la modalidad de inscripción y de adjudicación de las especialidades básicas;
- Confeccionar y/o modificar el Cronograma en cualquier etapa del concurso;
- Definir el lugar, día y horario para la adjudicación y re-adjudicación de plazas;
- Definir empates y cuestiones referidas a la valoración de antecedentes que no pudieran ser resueltos siguiendo los mecanismos establecidos en el Reglamento;
- Resolver la adhesión de nuevas instituciones al Concurso Provincia de Santa Fe, siempre y cuando dicha adhesión se realice de manera previa a la publicación de los cupos.-
ARTÍCULO 6°. - Regístrese, comuníquese y archívese. -
REGLAMENTO CONCURSO DE RESIDENCIAS DE ENFERMERÍA AÑO LECTIVO 2026/2027
I. BASES Y REQUISITOS GENERALES:
A) INSCRIPCIÓN: Cada postulante, deberá inscribirse al “CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS 2026”, en forma online del 20 de abril al 8 de mayo de 2026, ingresando a tales efectos al sitio https://concursosantafe.ar. No se aceptarán inscripciones condicionales.
La inscripción se realiza en una única especialidad, con todos los datos requeridos. El postulante indicará una casilla de correo electrónico, la cual implica la constitución de un domicilio electrónico a los fines del presente concurso, considerándose plenamente válidas las notificaciones que se cursen al mismo desde las direcciones de mail que estén publicadas en la página oficial de Concurso Provincia de Santa Fe.
B) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: La documentación que se detalla a continuación deberá presentarse en su totalidad al momento de la inscripción, en el orden establecido, en original o en copias certificadas por una autoridad competente (Escribano, Juez de Paz, Tribunales o Universidad).
La Inscripción online, será considerada como Declaración Jurada respecto de los datos solicitados:
- Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso), en archivo PDF o JPG
- Certificado Analítico, con el promedio de la carrera, en archivo PDF o JPG
- Título, en archivo PDF o JPG, de la siguiente manera:
- TÉCNICO SUPERIOR EN ENFERMERÍA (T.S.E), título emitido por Instituto Superior correspondiente a Tecnicatura Superior en Enfermería, pertenecientes a instituciones de formación en Salud o Educación, de índole público o privado, el cual deberá contar con las legalizaciones respectivas.
- LICENCIADO EN ENFERMERÍA, Título emitido por Universidades reconocidas, con las legalizaciones respectivas.
- Certificado Digital de Antecedentes Penales provisto por el Registro Nacional de Reincidencia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación (exigible solo al momento de la eventual toma de posesión).
- Constancia de Matrícula Profesional inscripta en el Colegio Profesional de la Provincia (exigible solo al momento de la eventual toma de posesión), en archivo PDF o JPG.
- Constancia Digital de C.U.I.L/C.U.I.T.
- Certificado Digital de Deudores Alimentarios Morosos.
- Certificado de Aptitud Psicofísica, expedido por su médico de cabecera y emitido por efector público o por ente privado, el cual debe estar estampillado por el Colegio de Médicos. Deberá adjuntarse en archivo PDF o JPG. Una vez que los postulantes hayan sido seleccionados para cubrir la plaza, deberán someterse a un examen psicofísico completo a realizarse en el órgano técnico respectivo, y obtener el apto para realizar la formación en el sistema de residencias.
Podrán inscribirse en las Residencias Básicas aquellos postulantes cuyo título habilitante Técnico Superior en Enfermería o Licenciado en Enfermería haya sido obtenido hasta cinco (5) años antes de la selección para el Programa de Residencia. El cálculo del plazo se realizará desde la fecha de expedición del título respectivo a la fecha de cierre de la inscripción del concurso. Para los aspirantes que hayan realizado su formación de grado en el extranjero, se tendrá en cuenta la fecha de expedición del Título de su Universidad de origen, sin que tenga validez la fecha de convalidación del mismo. Para cumplir con este requisito, el Ministerio de Salud de la Provincia solicitará una copia del título respectivo.
C) CONDICIONES LIMITANTES: Solo podrán postularse ciudadanos/as argentinos/as nativos/as o naturalizados/as.
No podrá presentarse al año siguiente quien haya sido dado de baja o, así como quien, habiendo sido separado durante el cursado de la residencia, no haya alcanzado la promoción o aprobado el último año.
D) DURACIÓN DEL PROGRAMA: Los programas de formación previstos de la Residencia de Enfermería en Cuidados Críticos Pediátricos y en Salud Mental, comprenden tres (3) años de duración e incluyen:
PERÍODO DE FORMACIÓN
- Programa docente que explicita fundamentos, contenidos, objetivos, actividades, metodologías, formas de evaluación, recursos didácticos, bibliografía.
- Actividades docentes adecuadas para la formación teórica y práctica.
- Actividades asistenciales de orden profesional con responsabilidad creciente y proporcional al grado de capacitación alcanzado, incluyendo el desempeño en Guardias y en servicios de centros asistenciales públicos alternativos al que corresponde como destino básico.
- Actividades en seno de equipos interdisciplinarios con población a cargo;
- Cumplimiento de las distintas actividades previstas en plan docente incluyendo eventual entrenamiento en la lecto-comprensión de trabajos científicos de habla hispana y/o otros idiomas.
- Cursos transversales a todas las residencias con temas de Salud Pública, Metodología de la Investigación y Derechos Humanos.
- Pasantías voluntarias de hasta 8 semanas, como máximo, por otros centros que complementen las experiencias que la Provincia ofrece, sujetas a autorización por los Comités de Docencia e Investigación y por la Dirección de Residencias de la Salud.
El desarrollo de dicho plan durante el periodo de formación en cada una de sus partes teóricas y prácticas, podrá ser cumplido en cualquiera de las localidades afectadas al llamado a concurso, a los efectos de satisfacer intercambios previstos en los respectivos programas si, de tal modo, fuera dispuesto por las autoridades ministeriales.
Una vez finalizado este periodo de formación y aprobado el plan docente correspondiente, se otorgará la certificación de la Residencia cursada y aprobada.
DE LOS TUTORES Y SUS FUNCIONES
Los residentes contarán con el acompañamiento permanente de docentes, instructores, tutores, quienes serán designados específicamente para esta función. La selección de los mismos estará a cargo de la Jefatura Provincial de Enfermería, la Dirección de Residencias de la Salud, los Comités de Docencia e Investigación intervinientes y Jefaturas de los servicios que participaran del proceso de formación, considerando la selección de los tutores por su capacidad, responsabilidad y experiencia en el área.
El equipo docente tendrá la responsabilidad de articular de manera continua la formación teórica y la práctica asistencial dentro del sistema de salud. Su función incluirá el estímulo a la autonomía del residente en el desarrollo de su práctica profesional, en concordancia con los principios rectores de la Atención Primaria de la Salud y los dispositivos diseñados para el cumplimiento de las tareas y la carga horaria asignada a los residentes. En ningún caso el residente quedará a cargo del servicio.
Los tutores deberán participar en talleres periódicos, destinados a la problematización y análisis de los procesos de atención y enseñanza-aprendizaje. y serán responsables de la evaluación periódica del residente a su cargo, en conjunto con los responsables de la formación.
II. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES: Máximo 20 (veinte) puntos
A los fines de obtener puntos en materia de antecedentes, sólo serán evaluados los que se detallan a continuación:
A) PROMEDIO GENERAL DE CALIFICACIONES: Máximo diez (10) puntos
Se utilizará la escala de cero (0) a diez (10). En el caso de instituciones que utilicen otros sistemas, deberán presentar equivalencias certificadas por la propia casa de estudios.
B) OTROS ANTECEDENTES: (Máximo 10 puntos)
B1: Título de Licenciatura cursada y aprobada: cinco (5) puntos
B2: Antecedente Laboral: Solamente se otorgará puntuación cuando por experiencia laboral en enfermería comprobada y debidamente certificada por el responsable de Recursos Humanos del efector. Antecedente laboral de 12 a 18 meses: 2 (dos) puntos y mayor a 18 meses tres (3) puntos.
III. PRIMER ORDEN DE MÉRITOS: Estará determinado por la suma del promedio de la carrera más los puntos obtenidos por otros antecedentes (B1 y B2)
No se aceptará documentación que no haya sido entregada en el momento de la inscripción.
Estarán determinada por la suma del promedio de la carrera más los puntos obtenidos en los antecedentes valorados.
Los postulantes que se encontraran en disconformidad podrán presentar una nota de solicitud de apelación y efectuar los reclamos que consideren pertinentes vinculado a la evaluación de antecedentes.
El comité del concurso y la Dirección de Residencias de la Salud deberán resolver los reclamos en las siguientes cuarenta y ocho (48) horas hábiles, comunicándose el resultado al postulante mediante una entrevista personal, siendo esta instancia definitiva e inapelable.
IV. PRUEBA ESCRITA: Máximo cincuenta (50) puntos
Esta instancia resultará eliminatoria para todos aquellos aspirantes que no hayan contestado correctamente un mínimo del cincuenta por ciento (50%) del total de las preguntas para la primera opción de plazas.
La Prueba Escrita estará diseñada a los fines del Concurso por el Comité Técnico.
La fecha, el horario y el ámbito en el que será resulta la Prueba Escrita, serán publicados con la debida antelación en la página destinada al concurso.
En caso de constatarse alguna transgresión, al normal desarrollo del examen escrito, el Jurado y las Autoridades a cargo de su control operativo quedan facultados a reducir la puntuación final del o los infractores.
V. SEGUNDO ORDEN DE MÉRITO Y DEFINITIVO:
El resultante de la suma obtenida en el primer orden de méritos y la que resulte de la prueba escrita (obteniendo 0.50 puntos por cada respuesta correcta).
El orden de Mérito sólo dará derecho a elegir entre las vacantes de la especialidad concursada en tiempo y forma, y no generará la asignación automática de la plaza de formación.
En el caso de empate en los resultados finales, la puntuación obtenida en la prueba Escrita determinará la prevalencia. En caso de nueva igualdad, el mayor promedio histórico durante la carrera de grado determinará la prevalencia. Si aun así continuara el empate, el comité del concurso solicitará a los concursantes en tal situación comparecer ante los miembros del jurado correspondiente a los fines de someterse a una prueba escrita de veinte (20) preguntas.
Dicho segundo Orden de Méritos se convierte en el Orden de Méritos definitivo y es el único que establece la prioridad para elegir la sede por la cual se concursa, por lo que será inamovible y quedará expuesto en la Dirección de Residencias de la Salud o en la forma que ésta opte.
VI. OPCIÓN A LA PLAZA:
Se realizará según cronograma, a través de reunión online. Los postulantes, muñidos de Documento Nacional de Identidad o bien la persona que lo presente con autorización expresa (legitimada por escribano, juez de paz o tribunales) y el DNI del postulante, para poder aceptar la plaza, irán siendo llamados a viva voz y en el mismo momento deberán aceptar o no el ofrecimiento. El postulante o persona que lo represente debidamente autorizada que no se presente en el momento de ser llamado será considerado ausente perdiendo todo tipo de derechos y se continuará con el siguiente en el Orden de Méritos. Si una vez aceptada la plaza se produjera la renuncia posterior, se continúa con el Orden de Méritos a partir del último que ingresó. Dicho Orden tendrá validez hasta la fecha de publicación de las plazas que quedaron vacantes para la re-adjudicación.
VII. TOMA DE POSESIÓN
Los postulantes tendrán como plazo final de toma de posesión hasta el primer día hábil de septiembre a las ocho (8) horas. La no presentación en la fecha y hora indicada significaba la pérdida del derecho a la plaza.
VIII. PLAZAS A CONCURSAR PARA EL CICLO LECTIVO 2026/ 2027
- Residencia de enfermería en cuidados críticos pediátricos.
- Residencia de enfermería en salud mental
IX. RESERVA DE DERECHOS
La provincia se reserva el derecho de aumentar la asignación de plazas en cualquiera de los destinos asignados.
CRONOGRAMA ASPIRANTES RESIDENCIAS DE ENFERMERÍA
- A. INSCRIPCIÓN POR ESPECIALIDAD (DIGITAL): del 20 de abril al 8 de mayo de 2026, a través del Portal de la Provincia de Santa Fe, https://concursosantafe.ar, link al CONCURSO PROVINCIA DE SANTA FE.
- B. EXHIBICIÓN DE LISTAS DE INSCRIPTOS Y HABILITADOS PARA RENDIR: 13 de mayo 2026.
- C. RECLAMOS DE INSCRIPCIÓN: 13 al 15 de mayo 2026.
- D. EXHIBICIÓN DEL LISTADO DEFINITIVO DE HABILITADOS: 22 de mayo de 2026.
- E. PUBLICACIÓN 1° ORDEN DE MÉRITOS: 10 de junio de 2026.
- F. RECEPCIÓN DE APELACIONES: sólo sobre antecedentes presentados al momento de la inscripción 10 al 12 de junio de 2026.
- G. CONTESTACIÓN DE APELACIONES: 26 de junio de 2026.
- H. EXAMEN: (NO APELABLE): 17 de junio de 2026
- I. PUBLICACIÓN DE NOTAS DE EXAMEN: 1 de julio 2026. REVISIÓN: 2 y 3 de julio de 2026
- J. PUBLICACIÓN ORDEN DE MÉRITOS DEFINITIVOS: 8 de julio de 2026
- K. OPCIÓN DE PLAZAS ONLINE: 23 de julio de 2026.
- L. FIRMA CONTRATOS: 29 al 31 de julio de 2026
- M. 2° OPCIÓN A PLAZAS ON LINE OFRECIDOS SOLO A POSTULANTES QUE NO TOMARON PLAZAS EN NINGUNA INSTITUCIÓN Y NO HAYAN RENUNCIADO HASTA EL 1 DE AGOSTO PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES: 5 de agosto de 2026
RE-ADJUDICACIÓN: INSCRIPCIÓN ÚNICA ON LINE
Inscripción: 1 al 6 de septiembre de 2026
Firmado Digitalmente por CIANCIO Silvia Susana
Firmado digitalmente por WS de Firma Electrónica Fecha: 2026.04.09 09:21:32 ART
Razón: Gestion de tramites - Timbó
Fin del documento oficial.